de conformidad con lo establecido en los artículos 314 y 315, ambos del Código de Procedimiento Civil ADMITE el anuncio del Recurso de Casación interpuesto por el ciudadano Abogado JUAN RAMÓN LEON VILLANUEVA, actuando como Apoderados Judicial de la Empresa CENTRAL TOP. C. A., domiciliada en Caracas, constituida conforme a documento inscrito en el Registro Mercantil Segundo del Distrito Capital y Estado Miranda bajo el No.60, Tomo 70-A, Sgdo., y 25-A, Sdo. No. 60 del año 2006, parte demandada en Honorarios Profesionales, a solicitud de los Dres. JOSE LUIS TAMAYO, YOLSENY TAMAYO y THERESLY MALAVE, identificados en autos, contra la decisión dictada por esta Sala 10 Accidental, en fecha 13 de noviembre de 2009, mediante la cual declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano, Abogado JUAN RAMÓN LEÓN VILLANUEVA, actuando conjuntamente con la Abogado XIOMARA TERAN ROSARIO, en su condición de Apoderados Judicial de la Sociedad Mercantil CENTRAL TOP, C. A. y del ciudada.....