ADMITE, el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana LILIANA IAPICHINO CARINCI, abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el inpreabogado bajo el N° 63.919, en su condición de defensora del ciudadano LUIS ENRIQUE CARRILLO, fundamentado en el artículo 447 ordinales 4° y 5° del Código Orgánico Procesal Penal, contra la decisión dictada en Audiencia Oral de Presentación de Detenido, por el Juzgado Vigésimo Quinto (25º) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 23 de agosto de 2006, mediante la cual decretó Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad al prenombrado Imputado, de conformidad con lo establecido en los artículos 250 numerales 1°, 2° y 3°; 251 numerales 2°, 3° y parágrafo primero y 252 numerales 1° y 2°, todos del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, publíquese y notifíquese a las partes.