PRIMERO: Declara PARCIALMENTE CON LUGAR la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por los ciudadanos RAÚL LEONARDO LINARES AMUNDARAY, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.511.472, Sub-Comisario del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, y la ciudadana THELMA FERNÁNDEZ DE LINARES, en su condición de esposa, en contra de la decisión de fecha 05 de diciembre de 2008, dictada por la JUEZ TRIGÉSIMA OCTAVA (38°) DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Dra. JHOSMAR DINORAH GONZÁLEZ DE DELGADO, mediante la cual acordó, previa solicitud de la Víctima, el cambio del sitio de reclusión de la Brigada de Acciones Especiales del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas a la Casa de Reeducación, Rehabilitación e Internado Judicial La Planta El Paraíso, conforme a lo previsto en los artículos 27, 43 y 55, todos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, referentes.....