CUARTO: En lo que respecta, a la designación de un intérprete público, este Tribunal estando conciente de los derechos que le asisten al reo, considera que la razón le asiste a la defensa y en caso de ser necesario el nombramiento de uno, bien sea para celebrar alguna audiencia oral, o para la practica de algún exámen en particular, indudablemente el Tribunal en estricta observancia de lo previsto en el artículo 49 ordinal 3 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, procederá a efectuar el trámite correspondiente para su designación y juramentación.
Regístrese, déjese copia, notifíquese a las partes. CÚMPLASE.-
LA JUEZA,
DRA. MAIJOLET ROJAS ZAPATA.
LA SECRETARIA
Abg. JUDITH TRILLO
Con esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo antes ordenado. Lo Certifico.
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