II
FORMULAS ALTERNATIVAS DE CUMPLIMIENTO DE PENA: A continuación se indican los beneficios de Pre-libertad a los que podrá someterse los penados, previo el cumplimiento de los requisitos de ley, estos son:
1.- Trabajo fuera del establecimiento (Destacamento de Trabajo); se podrá autorizar a los penados que por lo menos hayan cumplido una cuarta (1/4) parte de la pena impuesta, en este caso una vez cumplido, 02 AÑOS Y 11 DIAS, es decir, al cual podrá optar en fecha 09-02-2007.-
2.- Destino a establecimiento abierto (Régimen Abierto); se podrá autorizar a los penados que por lo menos hayan cumplido un tercio (1/3) de la pena impuesta, es decir, cumplido 02 AÑOS, 08 MESES Y 15 DIAS, en este caso a partir del 13-10-2007.
3.- Libertad Condicional; se podrá autorizar a los penados que por lo menos hayan cumplido las dos terceras (2/3) partes de la pena impuesta, es decir, 05 AÑOS Y 05 MESES, en este caso el 26-08-2010.
5.- Conmutación de la pena, por Confinamiento; se podrá autori.....