este Tribunal Séptimo de Primera Instancia en funciones de Control de la Sección Penal de Responsabilidad de Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley, con arreglo a lo previsto en el artículo 26 Constitucional, artículo 555 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y artículos 307 y 308 del Código Orgánico Procesal Penal, Resuelve: Primero: Admitir como Prueba Anticipada la declaración de la niña (SE OMITE IDENTIDAD), quien se encuentra hospitalizada en el Servicio de Ginecología Infanto-Juvenil del Hospital J.M. de los Ríos, en consecuencia el Tribunal se constituirá en éste, el día martes 18 de Julio de los 2006, a las 9:00 horas de la mañana. Segundo: Citar para la referida fecha a la representante de la Fiscalía 112° del Ministerio Público y al Defensor Público N° 17, en su carácter de representante del imputado (se omite identidad en cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 65 de la Ley Orgánica para .....