PRIMERO: Se acuerda acumular el expediente signado con el N° 05-354 relativo al adolescente xxxx, al expediente 05-336, relativo al adolescente xxxxxx, de conformidad con lo establecido en los artículos 71 ordinal 2 en concordancia con el artículo 72, del Código Orgánico Procesal Penal, a fin de garantizar la Unidad del Proceso, tal como lo establece el artículo 73 ejusdem, así como el 77 ibidem, todos aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por lo cual se continuara la foliatura, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 622, parágrafo primero de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 479 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia la primera pieza del expediente 06-354, será agregada a la segunda pieza del expediente 05-336, ordenándose cerrar dicha pieza (Segunda), y abrir la Tercera Pieza con la segunda pieza recibida, d.....