PRONUNCIAMIENTOS: “PRIMERO: En uso de la facultad conferida por el artículo 647 literal “h” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se acuerda CESAR como en efecto se cesa, por cumplimiento efectivo, la medida de REGLAS DE CONDUCTA, dispuesta por el lapso de un (01) año que le fuese impuesta al joven: (Identidad Omitida), por parte del Tribunal Octavo de Primera Instancia en funciones de Control en fecha: 23-05-05, consagrada en el artículo 624 de la Ley Especial que nos rige, y por ende, se decreta su LIBERTAD PLENA, a tenor de lo previsto en el artículo 645 Ejusdem. Queda de esta forma acordada la solicitud interpuesta por la Defensa, a la cual no se opuso la Representante del Ministerio Público. SEGUNDO: Resuelta como lo ha sido, la incidencia aperturada en fecha: 09-06-06, se acuerda cerrarla a tenor de lo establecido en el artículo 483 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente de conformidad con lo establecido e.....