Oída las partes, este Juzgado 3° de Primera Instancia en Función de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley en uso de sus facultades legales conforme a lo previsto en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, ACUERDA: UNICO: Mantener el cumplimiento de la sanción de Reglas de Conducta que por el lapso de 8 meses fue impuesta al sancionado XXXXXXXXXXXXXXXXXX, visto lo manifestado por éste en este acto, se insta al sancionado a cumplir la medida ante la Iglesia Alcance Victoria, centro de rehabilitación y labor social. Se concluyó la audiencia siendo las 11:00 horas de la mañana. Se levantó acta de lo tratado, la cual una vez leída se firmó en señal de conformidad, quedando las partes presentes debidamente notificadas de lo aquí resuelto, de conformidad con lo establecido en el artículo.....