Primero: Se declara competente para conocer y decidir la acción de amparo constitucional, incoada el Ministerio Público, en contra del Juzgado Quinto de Primera Instancia en funciones de Control de la Sección Penal de Responsabilidad de Adolescentes de este Circuito Judicial Penal. Segundo: Declara inadmisible la acción de Amparo Constitucional interpuesta por el Ministerio Público, en contra del Juzgado Quinto de Primera Instancia en funciones de Control de la Sección Penal de Responsabilidad de Adolescentes de este Circuito Judicial Penal, de conformidad con lo establecido en el ordinal 5 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.