DISPOSITIVA
Con base a todos lo razonamientos de hecho y derecho que han sido expresado en la parte motiva del presente fallo este JUZGADO SUPERIOR TERCERO PARA EL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: LA CONSUMACIÓN DE LA PERENCIÓN y en consecuencia, LA EXTINCIÓN DEL PROCEDIMIENTO, en la demanda intentada por el ciudadano PEDRO RAMON CENTENO CALVO, que por motivo de PRESTACIONES SOCIALES, incoara en contra la empresa VENEZOLANA DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA C.A.
No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del presente fallo.
Se ordena la notificación de las partes a los fines legales subsiguientes.
Cúmplase, publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión. Dada, sellada y firmada en el Despacho del Juzgado Tercero Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circun.....