Por todas las consideraciones, este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Parcialmente con lugar, el recurso de apelación ejercido por la parte actora, contra la decisión dictada el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de fecha 11 de octubre de 2006. Segundo: Parcialmente con lugar la demanda, y se acuerda el beneficio de jubilación de la ciudadana Sonia Semiramis Báez, a partir del 18-10-2005, de conformidad con lo establecido en la cláusula 23, de la Convención Colectiva de los Trabajadores del Banco Unión S.A.C.A, y por las razones expuestas en este fallo, por un monto mensual equivalente al salario básico devengado al momento de culminación del nex.....