En razón de lo cual, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Desistido el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la decisión del Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, de fecha 19 de mayo de 2014, la cual queda confirmada. SEGUNDO: Sin lugar la demanda interpuesta por, WILFREDO GUETTE GARCIA, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 12.671.651, contra la entidad de trabajo, LABORATORIO DISTRIBUIDORA TRILUSA, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 07 de mayo de 1994, bajo el N° 21, tomo 52-A-Sgdo. TERCERO: No hay imposición en costas dado lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del .....