En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Con lugar el recurso de apelación ejercido por la parte actora contra la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de sustanciación, mediación y ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 13 de Noviembre de 2007. Segundo: Por razones de orden público, vinculadas con el debido proceso y el derecho a la defensa (artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela), la nulidad del del acta fechada 13.11.2007, por razones de orden público vinculadas con el debido proceso y el derecho a la defensa, y reponer la presente causa, al estado que el Juzgado Tercero de Primera Insta.....