En razón de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Con lugar la inhibición planteada por el abogado William Giménez, Juez Séptimo Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Segundo: Según lo expuesto en la motiva, la decisión correspondiente al recurso de regulación de competencia, se dictará dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la presente fecha, exclusive. Tercero: Diríjase oficio al Juez inhibido remitiéndole copia certificada presente expediente. Así se establece.