Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, declara: Primero: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado NELSON RODRIGUEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra el auto dictado en fecha 06 de junio de 2006, por el Juzgado Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, que, declaró la reposición de la causa al estado de que se practique nueva notificación a la demandada, todo vinculado a la demanda incoada por CONSEJO NACIONAL DE DERECHOS DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE contra ENOC MANUEL CORTEZ BARBERA, Segundo: SE CONFIRMA el auto dictado en fecha 06 de junio de 2006, por el Juzgado Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y .....