Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, declara: Primero: CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada ARACELIS VASQUEZ, actuando en su propio nombre y representación contra la decisión dictada por el Juzgado Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, de fecha 23 de marzo de 2006, en la cual declaro desistido el procedimiento y terminado el proceso Segundo: SE REVOCA la sentencia proferida por el Juzgado Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, en consecuencia, SE REPONE la causa al estado de celebrar la audiencia preliminar, previa la notificación de la parte demandada. Tercero.....