Vista la diligencia presentada a las 10:51 a.m. del día de hoy, suscrita por la abogado ZONIA OLIVEROS, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 16.607, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada recurrente, quien se evidencia tiene facultad expresa para desistir, según consta de instrumento poder consignado en autos de los folios 85 al 90, ambos inclusive, mediante la cual DESISTE de la apelación interpuesta en fecha 08 de noviembre de 2010, contra el acta levantada en fecha 02 de noviembre de 2010 por el Juzgado Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial; en consecuencia este Juzgado Tercero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: HOMOLOGADO el DESISTIMIENTO y en tal sentido se deja constancia que no se celebró.....