DISPOSITIVO
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto por la parte actora en contra del auto de fecha 12 de febrero de 2016, dictado por el Tribunal Noveno (9°) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas en el cual se negó oír la apelación interpuesta por la parte actora. SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto de fecha 12 de febrero de 2016, dictado por el Tribunal Noveno (9°) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, que negó oír la apelación de la parte demandada. Todo en el juicio incoado por el ciudadano DANIEL EDUARDO VALENCIA MARTÍNEZ, contra la empresa REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, por órgano del M.....