Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la representación judicial de la parte actora, en contra de la decisión proferida en fecha 07 de octubre de 2008, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de esta misma Circunscripción Judicial, mediante la cual homologa la transacción celebrada entre las partes, todo en el juicio seguido por Deanney Rodríguez en contra de la empresa Ameca American Energy, c.a. SEGUNDO: se exonera de costas a la parte actora de conformidad con las previsiones del artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.