Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora, contra la decisión dictada en fecha 26 de octubre de 2007, por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta misma Circunscripción Judicial, con motivo de la demanda incoada por ZULY DELGADO contra la INVERSIONES 2653, C.A. (shartik). que declaró Inadmisible la presente demanda. SEGUNDO: Se Confirma la decisión apelada. No hay condenatoria en costas por la
Se confirma la decisión recurrida.