En consecuencia, este tribunal decide: HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO por parte de la actora, de la prueba de la parte demandada en cuanto al suministro de las copias correspondientes a los expedientes AP21-L-2012-003203, AP21-L-2012-000068 Y AP21-L2011-006487, y las cuales serán controladas en el decurso de la continuación de la audiencia de juicio. Así mismo, esta alzada ordena a la parte demandada en un lapso de cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción del presente expediente por el juez de causa, incorporar las copias simples de los asuntos indicados supra, para que el tribunal requiera de los órganos judiciales correspondientes, la certificación de las copias suministradas, y así una vez que sean incorporadas las mismas, se fije la continuación de la causa PRINCIPAL del presente asunto en virtud del juicio incoado por el ciudadano ANTONIO CALDERA contra la sociedad mercantil GANADERIA R&A y GANADERIA LOS PROCERES, C.A. Para lo cual esta alzada deja constancia que dentro de l.....