Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la actora, en contra de la sentencia dictada en fecha 14 de febrero de 2008, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio de esta misma Circunscripción Judicial, con motivo de la demanda incoada por los ciudadanos BELKIS OCHOA RUIZ, CARLOS TOVAR, DAISY DEL CARMEN CARRASQUERO ANGULO, ELINA LEÓN GARCÍA; JOSÉ D´AURIA DÍAZ; JOSÉ GREGORIO MORENO SANABRIA; JUAN ARELLANO, LUIS LEÓN CORONEL; MARLENE NOGUERA; RAMÓN LOBO; SARA MEDIA Y VILMA JOSEFINA RUIZ CARVALLO en contra de la empresa COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA, (C.A.N.T.V.). SEGUNDO: Se confirma el fallo apelado. TERCERO: Se exonera a la parte actora del pago de las costas de conformidad .....