Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora, en contra de la sentencia dictada en fecha 02 de octubre de 2008, por el Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta misma Circunscripción Judicial, que declaró improcedente la medida cautelar solicitada por la parte accionante, todo en el juicio seguido por Jesús Piñate en contra de las empresas Nibra, c.a. y empresas relacionadas (Interruptores Eléctricos Industrailes Inein, c.a.; luminex de Venezuela, c.a.; iInnilux Representaciones, c.a.; Tenterruptores Sere, c.a.; Lorenzetti Representaciones, c.a. SEGUNDO: por la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en costas.