Dispositivo
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por ambas partes en contra de la sentencia dictada en fecha 10 de junio de 2011, por el Juzgado Décimo Quinto de Primera Instancia de Juicio de este mismo Circuito Judicial del Trabajo. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda intentada por el ciudadano JOSÉ ARNOLDO ANDRADES BARRIOS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-9.267.336, en contra de las empresas SERVICIOS GENERALES 2619, C.A., sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha diez (10) de febrero de 2003, bajo el N° 10, Tomo 735-A-QTO; REACCIÓN INMEDIATA (RINCA), C......