DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, Declara: UNICO: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACION interpuesto por la parte demandada en contra de la decisión dictada en fecha 04 de agosto de 2010, por el Juzgado Duodécimo (12°) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo, todo ello en virtud de la demanda incoada por el ciudadano EYEMER ENRIQUE CONTRERAS CONTRERAS, en contra de la sociedad mercantil RESTAURANT LE COQ D´OR II, C.A., empresa mercantil de este domicilio, debidamente inscrita ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 30 de noviembre de 2006, bajo el Nº 21, Tomo 1463-A-Qto.