VI
D E C I S I ÓN
En mérito de las consideraciones anteriores, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la prescripción opuesta por la parte demandada. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES incoada por la ciudadana MARIA FERNANDEZ SCHAEL contra CAMARA DE INTEGRACIÓN ECONOMICA VENEZOLANA COLOMBIANA (CEVECOL). TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo. CUARTO: Se ordena cancelar los conceptos que se detallan en la motiva del fallo.