III
DECISION
Por las motivaciones que anteceden, este Tribunal JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEFENSA ALEGADA POR LA PARTE DEMANDADA RELATIVA A LA EXISTENCIA DE UNA CUESTIÓN PREJUDICIAL QUE DEBE RESOLVERSE EN UN PROCESO DISTINTO, en consecuencia, se suspende el proceso, hasta tanto cualquiera de las partes consigne en autos copia certificada de la sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Una vez que conste en autos dicha decisión, se procederá a notificar a las partes para la reanudación del proceso, a los fines de continuar con la audiencia de juicio, y proceder a dictar el dispositivo del fallo con relación al fondo de la causa. SEGUNDO: Dada la naturaleza del fallo, no hay condena en costas.
Publíquese, Regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y.....