este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de sustanciación le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacción, cuyo monto fue por Bs. F. 250.000,00 de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y no menos importante el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo; constando en autos el pago total, se ordena dar por terminado el presente proceso, y su consecuente remisión al archivo judicial. Asimismo, Vista la solicitud de las partes actora y demandada de copias certificadas del acuerdo transaccional y del presente auto. Este Tribunal acuerda lo solicitado conforme al artículo 21 Ordinal 3° de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, para lo cual se insta a las partes interesadas a consignar las copias simple.....