Vista que para la fecha en que se dió por Notificada la parte demandada, y que solicitó la intervención de un Tercero. Este Juzgado no se había pronunciado sobre la admisibilidad o inadmisibilidad de la demandada de conformidad con lo estipulado en el artículo 124 de la L.O.P.T . Se considera la Tercería como no presentada no surtiendo efectos tampoco la Notificación Tácita de la parte demandada en este Proceso por extempóranea.Todo lo anterior, en vista de que aún no existía pronunciamiento sobre la admisión de la Demanda.