Este Juzgado Décimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en vista que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la COSA JUZGADA. En consecuencia, dar por terminado el presente procedimiento, y ordena el archivo del expediente. Asimismo, se ordena la entrega de los escritos de pruebas consignado en la Audiencia Preliminar. Es todo, término, se leyó y conformes firman.
La Juez, La Parte Actora y sus Apoderados Judiciales.
Abog. Jhacnini Torres
La Apoderada Judicial de la Demandada.
La Secretaria,
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