este Tribunal Vigésimo Cuarto (24) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte la correspondiente homologación, dándole efecto de cosa juzgado. Asimismo, se deja constancia de que una vez que conste en los autos la cancelación de los montos señalados en la presente acta, se ordenara el cierre y el archivo del presente expediente.