Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Vigésimo Cuarto (24) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR, la acción que por prestaciones sociales, incoada por el ciudadano RODOLFO BERRIO CASTRO, Venezolano, mayor de edad, civilmente hábil y titular de la cédula de identidad N°: 17.560.495, contra la empresa ORIS CENTRO DE SEGURIDAD, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 22 de Diciembre de 2005, bajo el Nº: 4, Tomo: 119-A-Cto., quien deberá cancelar a la parte demandante la cantidad de Bs.F 4.348,67, por concepto de las prestaciones sociales demandadas, en los términos y por todos los conceptos antes señalados, es decir: PRESTACION DE ANTIGÜEDAD, de conformidad con lo s.....