Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Vigésimo Cuarto (24°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la impugnación de la experticia complementaria del fallo interpuesta por el ciudadano JUAN ANTONIO SOTILLO HERNANDEZ, mayor de edad, civilmente hábil y titular de la cédula de identidad N°:6.561.826, actuando en su carácter de Presidente de la parte demandada en la presente causa, empresa VURTUAL GRAPHIC J.A.,C.A., debidamente asistido por el ciudadano ALEXANDER ENRIQUE CARDOZO GONZALEZ, abogado inscrito en el IPSA bajo el Nº: 80.607, contra la experticia complementaria del fallo presentada el día 13 de Febrero de 2008, por la ciudadana SARA MENESES, ampliamente identificada en los autos, la cual se ratifica en los términos precedentemente indica.....