luego de la revisión de las pruebas promovidas por las partes y de conversar sobre la situación procesal de las partes, el ciudadano Agustín Antonio Ramos Rodríguez, luego de evaluar su respectiva posición en el presente asunto desiste del procedimiento, reservándose la acción, todo ello con el debido conocimiento de su decisión, estando libre de apremio y coacción