En este orden de ideas, este Tribunal con vista a la manifestación de voluntad de las partes, Homologa el cumplimiento de lo condenado e insta a la parte Demandada a pagar los emolumentos u honorarios profesionales a los expertos contables acreditado a los autos, tal como se indicó en autos y se libró órdenes de pago en fecha 22 de septiembre de 2016. Igualmente, y como quiera que los intereses moratorios fueron calculados hasta el 31-05-2016 y la corrección monetaria fue calculada hasta el 31-12-2015, este Tribunal una vez que el Banco Central de Venezuela publique las tasas e índices respectivos, procederá por auto separado a su actualización hasta el efectivo pago (21-09-2016), ordenando la notificación a las partes de dicho auto. Así se decide.-