declara con lugar la rectificación de la partida de nacimiento del niño(X) de doce (12) años de edad, la cual corre inserta en los Libros de Registro Civil de La Primera Autoridad Civil de la Parroquia Antímano, Municipio Libertador del Distrito Capital, bajo el Nº 1752, correspondiente al año 1994, en consecuencia, donde se asentó el apellido del padre ciudadano YOSFRANK DAVID BELLO, se colocó como BALDO, siendo esto incorrecto, por cuanto su correcto apellido es BELLO. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio I del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los dieciseis (16) días del mes de Junio de dos mil seis (2006). Año 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
La Jueza de Sala,
Águeda Domínguez
La Secretaria,
Adriana Mireles
En esta misma fecha se publicó y registró la presente decisión.-
La Secretaria
Adriana Mireles
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