esta Sala de Juicio I del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la presente Conversión de la Separación de Cuerpos y Bienes en Divorcio. En consecuencia se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos SELENE IARA BIANCO SOSA y LUIS MARTIN GONZALEZ RUJANA, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad Nos. 10.284.085 y 11.309.022, respectivamente, contraído ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Foráneo El Cafetal, Estado Miranda.
En cuanto al niño (x) de seis años de edad, habido en el matrimonio, las partes acordaron que ambos ejercerán la patria potestad sobre el mismo, y la madre tendrá la guarda y custodia del niño. En relación a la Obligación Alimentaria, las partes convinieron que el padre se compromete a entregar mensu.....