"..este Tribunal en aras de garantizar la integridad física y emocional del niño "...cuya identidad se omite por disposición del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente...", y por cuanto de las actas se evidencia que existe riesgo manifiesto que la ciudadana JUDITH FERNÁNDEZ FONSECA, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.971.642, pueda establecer su residencia fuera del País, es por lo que este Tribunal ordena de conformidad con lo establecido en el Artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente Medida Preventiva de Prohibición de Salida del País al niño "...cuya identidad se omite por disposición del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente..."