Se dictó Reoslución mediante la cual se declaró CON LUGAR la presente ACCIÓN DE OFRECIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCIÓN, surgida en la demanda de DIVORCIO, en la cual el GUILLERMO VENTURA HERNANDEZ DORESTES, consignó escrito de incidencia de OFRECIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, a favor de sus hijos JONATHAN GUILLERMO y XXXXXXXXXXXXXXXXX, estudiantes, de veintitrés (23) y dieciséis (16) años de edad, respectivamente. En consecuencia, se fijó como monto de la Obligación de Manutención que deberá sufragar el ciudadano GUILLERMO VENTURA HERNANDEZ DORESTES, a favor de sus hijos antes mencionados, la cantidad de MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.F 1000,oo) mensuales; así mismo, se fija una suma equivalente en los meses de septiembre, por el inicio de las actividades escolares y en diciembre por festividades navideñas.