Por las razones antes expuestas, esta Juez Unipersonal N° 9 del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos y Bienes, solicitada por los ciudadanos: FARID ANTONIO GELVES DUARTE y DENIMIL DEL CARMEN PERDIGON SOTILLO, ya identificados, y consecuencialmente Disuelto el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos en fecha tres (3) de Abril del año 2003, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San José, Municipio Libertador del Distrito Capital.
En cuanto al hijo habido durante el matrimonio de nombre (...), ambos progenitores convinieron todo lo relacionado con la Patria Potestad, Responsabilidad de Crianza, Obligación de Manutención y Régimen de Convivencia Familiar, lo cual queda establecido de la siguiente .....