-IV-
DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y derecho anteriormente expuestas, este Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Area Metropolitana de Caracas, Sala de Juicio Novena administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de REVISION DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, incoada por el profesional del derecho Vicente Cabrera Díaz, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 47.194, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARLINA YUDIMER LUGO AMAIZ DE SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 4.935.920, en representación de la ciudadana BETHANIA MARLIBETH SANCHEZ LUGO y la adolescente (...), de dieciocho (18) y (...) años de edad, respectivamente, contra el ciudadano JORGE ENRIQUE SANCHEZ TANG, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 6.002.54.....