-III-
DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y derecho anteriormente expuestas, esta Juez Unipersonal Novena del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la pretensión de REVISION DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCION, incoada por la ciudadana ASIUL HAITI AGOSTINI PURROY, en su carácter de Fiscal Centésima Octava del Ministerio Público, en defensa de los derechos e intereses del adolescente (...), de (...) años de edad, representado legalmente por su progenitora la ciudadana GIOVANNA ROSA LOARTE DE CARDENAS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 16.668.030, contra el ciudadano JOSE ALFREDO CARDENAS GARCIA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 6.111.....