Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud y en consecuencia DECLARA disuelto el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos LUISA JOSEFINA LOPEZ AULAR e ILDEGAR MARVAL HIDALGO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nos. V-6.447.022 y V-5.520.742, respectivamente, conforme a lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, quienes contrajeron matrimonio en fecha 03 de Septiembre de 1990, por ante el Juzgado Quinto de Parroquia del Distrito Capital, según acta inserta bajo el N° 73 de los libros llevados por esa oficina. Y ASI SE DECIDE.-
Del vínculo matrimonial procrearon un (01) hijo el cual lleva por nombre , de dieciséis (16) años de edad, tal como se evidencia del acta .....