Por las razones antes expuestas este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Sala N° 12, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA CONVERSION EN DIVORCIO de dicha Separación de Cuerpos y Bienes, en consecuencia queda disuelto el vinculo matrimonial que une a los ciudadanos MANUEL BLANCO JADRAQUE y CAROLINA MARIA GOMES FERNANDES, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-5.531.164 y V-7.682.470 respectivamente, desde el día Treinta (30) de Septiembre del año mil novecientos ochenta y nueve (1989), ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia del Municipio Los Salias del Estado Miranda, según Acta signada bajo el N° 177. Y ASÍ SE DECIDE.