Se dictó resolución Declarando CON LUGAR la petición de Divorcio incoada por los ciudadanos ERMELINDA GRISEL CHACIN CASTILLO y JUAN DE JESUS OROZCO CEBALLOS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-6.544.290 y V-5.645.399, respectivamente, en consecuencia, queda disuelto el matrimonio civil que contrajeron el día 30 de diciembre de 1988, por ante la Primera Autoridad Civil de Santa Cruz, del Municipio Lamas, del Estado Aragua, según consta de Acta de Matrimonio No. 157.