Se dictó resolución mediante la cual se DICTA medida de embargo preventivo sobre el equivalente a (24) mensualidades futuras, a razón de NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE BOLIVARES CON CINCUENTA CENTIMOS (Bs. 967,50), que le pudieran corresponder al ciudadano JOSE GREGORIO RODRIGUEZ COLINA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-9.484.523, por concepto de Prestaciones Sociales, en La Dirección de Recursos Humanos del Indepabis