Esta Juez Unipersonal N° XIV a los efectos de decidir con respecto pasa de seguidas a realizar las siguientes consideraciones:
PRIMERO: DE LA COMPETENCIA DE ESTA SALA DE JUICIO.- ....esta Sala de Juicio confirma su competencia, en consecuencia se declara competente para conocer de la Acción de Amparo ejercida por ciudadano FERNANDO HORACIO CHAMULA, ampliamente identificado en autos, con representación judicial a través de la Abogada ADRIANA MARIA BETANCOURT KEY, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) con el Nro. 78.121, en representación de su hija, la niña XXXX, en contra de la ciudadana GISELLE REYES CASTRO, ampliamente identificad en autos, quien se encuentra debidamente representada por su Apoderado Judicial, Abogado JOSE RODOLFO SBERNA RATH, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) con el Nro. 60.104. Y así se establece.-
SEGUNDO: Considera esta Jueza que aún cuando fue admitida la presente acción de amparo, pos.....