Esta Juez Unipersonal Nº 14, RATIFICA la MEDIDA DE PROTECCIÓN, MODALIDAD DE COLOCACIÓN PROVISIONAL EN ENTIDAD DE ATENCIÓN, dictada en fecha 26 de febrero de 2007, a favor de los niños XXXX, a ejecutarse en la Entidad de Atención "Casa Samuel" de la Fundación Esperanza para Venezuela, ubicada en: Sector El Limón, Municipio Paz Castillo, Alto Soapire, Finca Tierra Santa, Los Valles del Tuy, Estado Miranda, todo de conformidad con lo previsto en el Articulo 126 "literal" "i", ibidem.
Considerando lo anteriormente expuesto, este Tribunal acuerda; PRIMERO: Oficiar a la Entidad de Atención "Casa Samuel" de la Fundación Esperanza para Venezuela, ubicada en, a fin de solicitarle se sirva a remitir a esta Sala de Juicio, a la brevedad posible el respectivo Informe Integral de los niños XXXX, quienes se encuentran institucionalizados en dicha Entidad de Atención, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 513 de la ley adjetiva antes mencionada.