"(...) En mérito de todas las consideraciones antes esgrimidas, es por lo que esta Corte Superior Segunda del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de exequátur sobre sentencia dictada en el extranjero y en consecuencia se le concede FUERZA EJECUTORIA en la República Bolivariana de Venezuela, a la sentencia de Divorcio dictada en fecha 31 de enero de 2009 en LA CAMARA CIVIL PARA ASUNTOS DE FAMILIA DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, SEXTA SALA del PODER JUDICIAL de la República Dominicana, en la que se declaró el divorcio de los ciudadanos, ANA VICTORIA CARRIÓN GANDICA y ROBERT HENRY DE JESÚS CARMONA BORJAS, ambos ya identificados, y en consecuencia el nacimiento de todos y cada uno de lo.....